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Consideraciones de FESABID a la transposición de la DEMUD (Derechos de Autor en el Mercado Único Digital)

Tipo
Eventos. Comparecencias
Fecha
27 Diciembre 2019

FESABID presentó consideraciones a la transposición de la Directiva Europea sobre los Derechos de Autor en el Mercado Único Digital (DEMUD)

FESABID representando a 19 agrupaciones profesionales del sector, presénto el pasado 16 de diciembre un pliego de consideraciones ante el Ministerio de Cultura y Deporte, con motivo de la consulta pública para la transposición de la DEMUD.

La Directiva Europea sobre los Derechos de Autor en el Mercado Único Digita fue adoptada el 17 de abril de 2019.
España debe incorporar esta legislación comunitaria a su ley de propiedad intelectual antes de junio de 2021.

FESABID, argumenta que una transposición favorable a las bibliotecas, archivos y museos es una oportunidad para defender los pilares básicos de acceso a la información y al conocimiento, y muestra un claro compromiso con la libertad de expresión y el derecho de acceso a la información.

Se reclama, entre otras cuestiones, que la legislación española permita la minería de datos y de textos, también, que el uso de obras con finalidad educativa en bibliotecas, archivos y museos quede amparada sin cortapisas por parte de la ley de propiedad intelectual, incluyendo usos analógicos y digitales.

Tras señalar la decepción existente en España respecto a la solución legislativa que se había ofrecido para obras huérfanas FESABID reclama una reforma más ambiciosa de los aspectos legales que impiden dar acceso a las obras huérfanas y obras fuera del circuito comercial de bibliotecas, archivos y museos. También, que se amplíen las posibilidades de preservación con criterio homogéneo en el espacio comunitario, así como un mayor acceso a las obras en dominio público, aquellas que, años después de la muerte de sus autores, deberían quedar a libre disposición de los ciudadanos.

Defiende, que las licencias colectivas ampliadas, que permiten mayor margen de negociación con entidades de gestión de derechos europeas, sean aplicadas únicamente en sectores de uso bien definidos, para impedir la proliferación de intermediarios que dificultan el acceso a valiosos fondos documentales, archivísticos y museísticos.

En relación con los controvertidos artículos 15 (pago a las editoriales de prensa por su uso de noticias en Internet) y 17 (limitación a los usos personales en plataformas de Internet), FESABID recuerda que el uso privado o no comercial de los ciudadanos debe quedar al margen de estos límites, al igual que los usos en bibliotecas, archivos y museos, así como las publicaciones con fines científicos o educativos.


Finalmente, se apuesta por una reforma que contemple mejoras en el acceso a la información por parte de los usuarios de bibliotecas, archivos y museos, en equilibrio con la protección de los autores y creadores de obras de todo tipo.

Alicia Sellés, presidenta de FESABID, ha recordado que la DEMUD fue aprobada por el Parlamento Europeo, por lo que “su transposición en la legislación española es una oportunidad para incluir las voces en defensa del acceso a la información y al conocimiento procedentes de bibliotecas, archivos y museos”.


Más información:

Consideraciones presentadas por FESABID ante la consulta pública (16/12/2019):
http://www.fesabid.org/sites/default/files/repositorio/fesabid_consideraciones_demud_2019.pdf

Infografía FESABID sobre la DEMUD (Jornadas Españolas de Documentación 2019):
http://fesabid.org/sites/default/files/images/poster-fesabid-demud-v5.pdf

Posicionamiento FESABID sobre aprobación DEMUD en el Parlamento Europeo (29/03/2019)
http://www.fesabid.org/federacion/noticia/posicionamiento-de-fesabid-ante-la-la-directiva-europea-sobre-los-derechos-de
 

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